domingo, 9 de julio de 2017

UNIDAD 5

"PENA CAPITAL "


5.1. la pena de muerte :

La pena de muerte es maltrato corporal ya que el castigo tiene un efecto directo que daña físicamente. como su nombre lo indica  consiste en quitarle la vida a la persona que es declarada culpable de dicho de lito cometido  

objetivo :

la pena de muerte en esa época era como una forma de defensa o de venganza contra un ataque injusto . también la pena de muerte fue considerada con un medio que cuenta el estado para mantener la estabilidad social .

5.2 pena de muerte legal y extralegal :

la pena de muerte se aplica en algunos países tantos federales como estatales como podrían ser algunos de estos países como  arabia,corea del norte ,cuba y entre otros.

Extralegal :

es cuando una persona que trabaja en el gobierno y mata una persona sin ningún motivo o extralegal . todos los casos donde haya sospecha de ejecuciones extralegales,arbitrarias o sumarias, incluidos a quellos en los que hagan pasar que se produjo una muerte extralegal o indebida a causas naturales . se distinguirá entre la muerte por causa natural, la muerte por accidente ,el suicidio y el homicidio 



5.3 la abolición de la pena de muerte 


Desde la época prehispánica este castigo fue implementado para la población que violara ciertos preceptos claramente establecidos.

En la sociedad mexica los jóvenes los cuales se instruían en el Calmécac, por traición al soberano se aplicaba la pena de muerte, por medio del descuartizamiento.

Los azteca para aplicar la pena de muerte era el adulterio, el cual era penado mediante machacamiento de cabeza entre dos piedras; en cambio la embriaguez de jóvenes de ambos sexos podía ser castigada con pena de muerte por garrote.

Los tlaxcaltecas como los aztecas usaban este recurso, a diferencia de los mayas que no aplicaban formalmente la pena de muerte.

En la época virreinal la herejía se convirtió en causa principal de pena de muerte, aunque también se aplicaba a los salteadores de caminos y a quienes se levantaban en contra del gobierno español.


La última ejecución civil fue en 1937 y de un militar en 1961

El 9 de agosto de 1961 en la Sexta Zona Militar de la ciudad de Saltillo, el soldado José Isaías Constante Laureano de 28 años de edad fue fusilado al ser declarado culpable por insubordinación y asesinato, delitos castigados con la muerte por el código de justicia militar de ese entonces se acabaron las ejecuciones  injustas y crueles y conforme a todo esto se establece el la constitución política de los estado unidos mexicanos Art 22 Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado.











No hay comentarios:

Publicar un comentario

UNIDAD 8

"LA PRISIÓN" 8.1 pena privativa de libertad. concepto    Es la pérdida  de la libertad ambulatoria, así como, en los cas...